Descripción
-
Referencia41921
-
Descripción
Establecer y regular el Registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal. Todos los establecimientos dependientes de los explotadores de una empresa de piensos se inscribirán en registro.
Documentación a presentar
1.- Solicitud, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
2.- NIF (persona jurídica)
3.- NIF del solicitante, o en su caso, del representante legal (persona física). (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria la aportación).
4.- Acreditación de la representación por el solicitante.
5.- Memoria de la actividad.
Resto de documentación indicada según se trate de:
a. Fabricantes e Intermediarios con Almacén
6.- Licencia municipal o, en su caso, informe favorable del Ayuntamiento.
7.- Planos de situación del establecimiento y croquis de las instalaciones.
8.- Descripción del sistema HACCP (análisis de peligros y puntos críticos de control).
9.- Certificado del Registro de Industrias agrarias, en caso, de fabricantes de premezclas y fabricantes de piensos.
b. Intermediarios Sin Almacén
6.- Licencia municipal o, en su caso, informe favorable del Ayuntamiento.
7.- Documento del sistema de trazabilidad y tratamiento de reclamaciones y plan de retirada rápida de los productos implantados.
8.- Declaración sobre el cumplimiento de las condiciones del Reglamento 183/2005 en los piensos comercializados.
c. Transportistas
6.- Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
7.- Fotocopia de la Ficha Técnica del Vehículo, en la que se refleje el fin para el que se destina el vehículo, nº de bastidor y si ha pasado ITV.
8.- Fotocopia de la Tarjeta de Transporte del vehículo (incluyendo pesos máximos y actividad pública o privada).
9.- Descripción del sistema HACCP (análisis de peligros y puntos críticos de control), en caso de Transportistas de Productos a Granel.
10.- Acreditación del sistema de desinfección, desinsectación y desratización implantado (contrato con empresas etc.), en caso de Transportistas de Productos Envasados.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registrode la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Normativa
* Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal
* Resolución de 30 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 33, de 9 de febrero de 2010).
* Reglamento (CE) n° 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos Texto pertinente a efectos del EEE Diario Oficial n° L 035 de 08/02/2005 p. 0001 - 0022
Órgano responsable
Te puede interesar
Registro de Agentes del Sector Lácteo
28 Mayo 2012Registro de salidas de productos de origen animal: Tramitación-expedición de certificados sanitarios
05 marzo 2013Registro de Establecimientos Relacionados con Medicamentos Veterinarios
24 abril 2005Procedimiento sancionador en materia de protección animal
14 Mayo 2018Procedimiento sancionador en materia de bienestar animal
14 Mayo 2018
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).