Descripción
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Referencia2041
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TasaTrámite sujeto a tasas
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Descripción
El Registro de Cooperativas, podrá emitir certificados al objeto de acreditar fehacientemente el contenido de los actos inscritos, notas simples informativas y fotocopias diligenciadas de los documentos que consten inscritos en dicho Registro.
Destinatarios y/o requisitos
Puede solicitarlo cualquier persona física o jurídica, teniendo en cuenta que el Registro de Cooperativas es competente únicamente respecto de las Cooperativas cuyo ámbito principal de actuación cooperativa sea la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Aportación de las tasas correspondientes, en el caso de las fotocopias o certificados (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la información).
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Pago de tasas
Tramitación
Expedición de los documentos solicitados, comunicando al interesado su emisión a través de un aviso telefónico o por correo electrónico, y, en caso de ser posible, mediante notificación electrónica o correo postal.
Normativa
* Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 87, de 14 de abril de 1999 ).
* Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 181, de 1 de agosto de 2003).
* Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, [de aplicación supletoria] (BOE nº 170, de 17 de julio de 1999).
* Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas (BOE nº 40, de 15 de febrero de 2002).
* Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Empleo y Mujer para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados (BOCM nº 26, de 1 de febrero de 2010).
* Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Órgano responsable
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10 octubre 2012
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).