Descripción
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Referencia82623
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Descripción
Deberá utilizarse el formulario que se encuentra en el apartado “Gestión” de esta página, para la presentación de peticiones y comunicaciones dirigidas a la Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid que no tengan un formulario específico.
Destinatarios y/o requisitos
Personas físicas y jurídicas interesadas en presentar peticiones, comunicaciones o solicitudes en materia de juego de la Comunidad de Madrid.
Documentación a presentar
1- Solicitud, ver apartado Gestión de esta ficha.
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original.
La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Información Complementaria
La Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, gestiona las competencias en materia de juego en la Comunidad de Madrid.
Para conseguir una mayor celeridad en la respuesta a las peticiones, comunicaciones y solicitudes que los ciudadanos y los interesados puedan plantear en materia de juego, se crea el modelo de solicitud genérica en materia de juego.
Si desea ampliar esta información puede hacerlo:
- A través del correo electrónico:
dgjuego@madrid.org
Tramitación
Una vez presentada la solicitud se analizará su contenido y la documentación que se acompaña, requiriendo al interesado su subsanación, en el supuesto de que faltase algún documento o requisito, en el plazo de diez días. Comprobada la documentación el órgano competente procederá a resolver la petición
Normativa
* Ley 6/2001, de 3 de julio, Normas Reguladoras del Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 157 de 4 julio). (Texto consolidado).
* Decreto 23/1995, de 16 de marzo, Reglamento General del Juego de la Comunidad de Madrid. (Texto consolidado).
* Decreto 24/1995, de 16 marzo, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y funcionamiento del Registro de Juego y del Registro de Interdicción de acceso al Juego (Texto consolidado). BOCM de 31 de marzo de 1995.
* Decreto 73/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modifican otras normas en materia de juego (BOCM nº 191, de 13 de agosto). (Texto consolidado).
* Decreto 105/2004, de 24 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de los Juegos Colectivos de Dinero y Azar en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 154, de 30 de junio). (Texto consolidado).
* Decreto 58/2006, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego en la Comunidad de Madrid. (B.O.C.M. núm. 178, de 28 de julio).
* Decreto 106/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamente de apuestas en la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. nº 300, de 18 de diciembre). Texto consolidado.
* Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos. (BOCM nº 22, de 27 de enero).
* Orden de 7 de noviembre de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el sistema de reclamaciones de los usuarios de actividades de juegos y apuestas desarrolladas en la Comunidad de Madrid. (Texto consolidado).
* Resolución de 6 de junio de 2018, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publican los modelos de impresos correspondientes a diferentes procedimientos en materia de juego de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 147, de 21 de junio)
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).