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Pendiente apertura plazo
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En plazo
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En tramitación
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Cerrado
Descripción
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Referencia90242
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Descripción
Ayudas para la financiación de acciones de formación para el empleo en el ámbito laboral para jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, en la modalidad presencial.
Calendario de actuaciones
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07/01/2021Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
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05/01/2021
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05/01/2021
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05/01/2021
Destinatarios y/o requisitos
Las entidades de formación públicas o privadas, titulares de centros acreditados por la Administración Pública competentes, para impartir formación profesional para el empleo de certificados de profesionalidad, en la Comunidad de Madrid, que no reúnan las condiciones
necesarias para presentarse a la convocatoria específica destinada a entidades locales.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes"", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, solicite cita previa.
Información Complementaria
Previo al inicio de la acción formativa el beneficiario podrá solicitar hasta un máximo del 25 por 100 del importe concedido. Una vez acreditado el inicio y antes de su finalización, podrá solicitar hasta un 35 por 100 adicional del importe concedido.
No obstante se podrán unificar las solicitudes de anticipo en una única del 60 por 100 de la subvención concedida de cada acción formativa, una vez acreditado el inicio de la misma y antes de su finalización.
* Cuantía:
Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de 14.000.000 de euros, de los cuales 7.000.000 de euros serán con cargo al ejercicio 2020 y 7.000.000 de euros con cargo al ejercicio 2021 del presupuesto de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y se imputarán al Subconcepto 47200, “Actuaciones cofinanciadas FSE y otros” del Programa Presupuestario 241A “Formación para el Empleo” y estará cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil, en un 91,89 por 100, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del período de programación 2014-2020.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
05/01/2021 | Resolución definitiva. (Ver listados en el apartado Gestión/Listados). |
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09/12/2020 | Resolución provisional (Ver listados en el apartado Gestión/Listados). |
* Plazo para subsanar: Del 10 al 16 de diciembre de 2020. |
06/11/2020 | Requerimientos y entidades que han presentado solicitud (Anexo II) (Ver listados en el apartado Gestión/Listados). |
* Plazo para subsanar: Del 10 al 16 de noviembre de 2020. |
20/10/2020 | Orden por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos administrativos iniciados por la convocatoria. Orden de 16 de octubre de 2020 (BOCM nº 255, de 20 de octubre). |
Normativa
* Orden de 16 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos administrativos iniciados por las convocatorias públicas para el año 2020 de subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral (BOCM nº 255, de 20 de octubre).
* Extracto de la Orden de 5 de agosto de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero Nacional de Garantía Juvenil, para el año 2020 (BOCM nº 211, de 31 de agosto).
* Orden de 31 de mayo de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales reguladoras de la concesión de subvenciones para la financiación de acciones de Formación Profesional para Empleo en el Ámbito Laboral (BOCM nº 144, de 18 de junio).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).