Descripción
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Referencia75593
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Descripción
Ayudas para el mantenimiento de servicios y desarrollo de programas para la atención a personas con discapacidad.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de Inicio: 05/08/2016 Fecha de Fin: 23/08/2016
Destinatarios y/o requisitos
Se podrán consultar los requisitos en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
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Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
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Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
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Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
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aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
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consultar su estado de tramitación.
Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.
Información Complementaria
Se podrán consultar los criterios de valoración, en el apartado de Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Normativa
* Extracto de la Orden 1314/2016, de 26 de julio, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan, para el año 2016, subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad (BOCM nº 185, de 4 de agosto).
* Orden 1314/2016, de 26 de julio, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan, para el año 2016, subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad (BOCM nº 185, de 4 de agosto).
* Orden 1166/2016, de 4 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad (BOCM nº 167, de 15 de junio).
Órgano Responsable
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Subvenciones para mantenimiento de centros de atención a personas con discapacidad (2016)
06 septiembre 2016
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).