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Pendiente apertura plazo
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En plazo
En plazo
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En tramitación
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Cerrado
Descripción
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Referencia89241
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Descripción
Ayudas al almacenamiento privado de determinados quesos.
Los productos para los que se pueden presentar solicitudes de ayuda de almacenamiento privado, son los incluidos en el código NC 0406, con excepción de los quesos que no sean aptos para su ulterior almacenamiento más allá de su periodo de maduración.
La cuajada sería un producto subvencionable, a condición de que el producto que salga del almacén mantenga intactas las características que tenía al principio del período de almacenamiento y siempre que permanezca congelado durante todo el período de almacenamiento.
Los importes de ayuda para el almacenamiento se han fijado por anticipado y serán de:
. 15,57 €/t para gastos fijos de almacenamiento
. 0,40 €/t/día de almacenamiento contractual.La ayuda sólo podrá concederse para un período de almacenamiento contractual que se encuentre entre 60 y 180 días.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de Inicio: 07/05/2020 Fecha de Fin: 30/06/2020
Destinatarios y/o requisitos
Podrán optar a la ayuda al almacenamiento de queso, todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén en el que se vayan a almacenar los productos.
La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda es de 0,5 toneladas de producto que ya haya sido almacenado.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Documentación de interés
Tramitación
Plazo de presentación de solicitud de ayuda a partir del 7 de mayo y hasta el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.
Normativa
* Reglamento de Ejecución (UE) 2020/591 de la Comisión de 30 de abril de 2020 por el que se abre, con carácter temporal y excepcional, un régimen de ayuda al almacenamiento privado de determinados quesos y se fija por anticipado el importe de la ayuda (DOUE nº 140, de 4 de mayo).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).