Descripción
-
Referencia89090
-
Descripción
Procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación en las cualificaciones profesionales SSC443_2 Gestión de llamadas de teleasistencia y SSC567_3 Información juvenil.
En el Anexo I se indican las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, certificados de profesionalidad y títulos de formación profesional en los que están comprendidas.
(Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).La presente actuación se encuentra financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciada por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020
-
TasaTrámite sujeto a tasas
Calendario de actuaciones
-
08/10/2020Fecha de publicación de lista definitiva de admitidos
Destinatarios y/o requisitos
1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
2. Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
3.Tener experiencia laboral y/o formación no formal relacionada con las cualificaciones profesionales convocadas:
3.1. En el caso de experiencia laboral. Se deberán justificar, al menos, 3 años de experiencia laboral, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
3.2. En el caso de formación no formal. Se deberán justificar, al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria.
4. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral y/o formación no formal y no los puedan justificar podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, indicándolo de manera expresa mediante escrito adjunto a su solicitud, debiendo presentar justificación mediante alguna prueba admitida en derecho o declaración jurada, según lo establecido en el artículo 11, apartado 2, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
Para estudiar estos casos se designará a los asesores necesarios, que emitirán un informe sobre la conveniencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo se procederá a la inscripción definitiva.
5. No podrán participar en el procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Estar en posesión de un título de formación profesional, de un certificado de profesionalidad o de una acreditación parcial acumulable correspondiente a las cualificaciones profesionales en las que solicita su inscripción.
b) Estar participando en otra convocatoria de acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales en las que solicita su participación, salvo que demuestren que han sido inadmitidos, excluidos o han presentado renuncia expresa a participar en dicha convocatoria.
Serán excluidas del procedimiento las personas que se encuentren en alguna de las situaciones indicadas, a partir del momento en que se tenga conocimiento de las circunstancias señaladas, salvo causa debidamente justificada.
Documentación a presentar
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Tasas >
La liquidación de las tasas o acreditación de la exención y/o bonificación se realizará una vez publicados los listados definitivos de personas admitidas en el procedimiento.
El plazo para abonar las tasas o acreditar su exención y/o bonificación será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se aprueban los listados definitivos de personas admitidas en cada una de las cualificaciones profesionales convocadas.
Presentación solicitud
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Pago de tasas
Información Complementaria
* Plazas convocadas:
1. El número de plazas convocadas es de:
— 600 plazas para la cualificación profesional SSC443_2 Gestión de llamadas de teleasistencia.
— 300 plazas para la cualificación profesional SSC567_3 Información juvenil.
2. El número de plazas podrá ser ampliado mediante resolución de la Directora General de Formación, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en función del número de participantes admitidos.
La ampliación de plazas será objeto de publicación en la página web de la Comunidad de Madrid y en los tablones de anuncios de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.
* Criterios de baremación:
Se podrán consultar en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Documentación de interés
Tramitación
Calendario de actuaciones
14/01/2021 |
Publicación Plan Global de Evaluación en la cualificación profesional de Información Juvenil . |
|
17/12/2020 | Publicación Plan Global de Evaluación en la cualificación profesional de Gestión de Llamadas de Teleasistencia.
(Ver Plan Global de Evaluación en el calendario). |
|
08/10/2020 | Relación de personas candidatas que acceden a asesoramiento y de personas desistidas (Ver listado en el apartado Gestión/listados) |
|
25/09/2020 | Resolución Listado correspondiente al abono de tasas. (Ver Resolución Listado correspondiente al abono de tasas en el apartado de Gestión/Listados). |
* Reclamaciones: Hasta el 2 de octubre de 2020. |
23/09/2020 | Instrucciones para la realización de actividades Fases evaluación y asesoramiento, por la aplicación de medidas sanitarias como consecuencia del covid-19 (Ver apartado Información relacionada) |
|
16/09/2020 | Corrección de errores de la resolución de la Directora General de Formación por la que se aprueban listados definitivos (Ver listados en el calendario). |
|
04/09/2020 | Resolución listados definitivos (Ver listados en el calendario). |
* Plazo para la liquidación de las tasas o acreditación de la exención y/o bonificación: del 7 al 18 de septiembre de 2020.
(Ver modelo de bonificación o exención (Anexo VIII) en el apartado Gestión/Tramitar) |
16/07/2020 | Relación provisional de admitidos y excluidos (Ver listados en el calendario) |
* Reclamaciones: Del 17 al 30 de julio de 2020. (Ver modelo de subsanación (anexo IV) en el apartado Gestión/tramitar) |
11/05/2020 | Modificación del plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 22 de junio de 2020. | |
09/03/2020 | Plazo de presentación de solicitudes: del 9 de marzo al 20 de mayo de 2020. |
Normativa
* Orden de 25 de febrero de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en las cualificaciones profesionales de Gestión de llamadas de Teleasistencia e Información Juvenil en el ámbito de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 56, de 6 de marzo).
Órgano responsable
Te puede interesar
- 08 julio 2020
- 26 febrero 2020
- 09 enero 2020
- 16 octubre 2020
- 27 diciembre 2016
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).